Lo que debes saber:
- Tienen que ser un inmigrante que fue detenido en un centro penitenciario de la ciudad de Nueva York después de su fecha de libertad debido a una orden de ICE, entre el 1 de abril de 1997 y 21 de diciembre de 2012.
- Inmigrantes que creen que califiquen no tienen que buscar ni recopilar registros.
- Las declaraciones empiezan el 14 de febrero de 2025, hasta el 15 de mayo de 2025 en el sitio web: www.nycicesettlement.com
La ciudad de Nueva York pagará $92.5 millones a inmigrantes detenidos en instalaciones del Departamento de Correcciones de NYC (NYC DOC, por sus siglás en inglés) entre el 1 de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012, debido a una demanda judicial colectiva (Onadia v. City of New York, et al.).
La demanda afirma que más de 20.000 inmigrantes fueron detenidos más allá de sus fechas de liberación, debido a solicitudes hechas por el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos (ICE), que permiten a las autoridades locales detener a un individuo hasta 48 horas para que ICE pueda tomar su custodia e investigar su situación migratoria.
Los bufetes de abogados involucrados en la demanda recomiendan que cualquier persona que pueda calificar presente una reclamación desde el 14 de febrero.
¿Qué es una demanda colectiva?
Una demanda colectiva es un procedimiento que permite a un demandante (la parte que presenta el caso) presentar una acción judicial de parte de un grupo mayor (“class” en inglés) que comparten un reclamo similar en contra al acusado (la parte a quien la demanda se dirige).
En Onadia v. City of New York, et al., Oscar Onadia representa más de 20.000 inmigrantes, de muchos países, que fueron detenidos dentro del periodo de 1 de abril de 1997 y del 21 de diciembre de 2012, debido a una orden de detención de ICE . El acusado en esta demanda es la Ciudad de Nueva York.
¿Qué es una a una orden 287(g) de ICE?
También conocida como orden de detención de inmigración, una orden de detención de ICE es una solicitud por parte de ICE dirigida a las autoridades locales para retener a un individuo hasta 48 horas después de su fecha de liberación. Este período permite que ICE tome custodia del individuo y evalúe su situación migratoria.
La demanda alega que las personas fueron detenidas más de 48 horas, a veces por más de un mes. Oneida, quien falleció el año pasado, fue detenido por 43 días.
¿Cómo sé si fui detenido debido a una orden de detención de ICE?
Quienes ya habían cumplido su tiempo de detención y no tenían asuntos pendientes, pero continuaban detenidos después de su fecha de liberación, a lo mejor no saben que fueron detenidos por una orden de retención de ICE, Debra L. Greenberger, socia de Emery Celli Brinckerhoff Abady Ward & Maazel LLP., uno de los bufetes involucrados en la demanda, dijo a Documented.
“Si saben que fueron detenidos en una cárcel de la ciudad de Nueva York dentro de ese periodo y es un inmigrante, es suficiente para que ellos presenten un reclamo,” dijo.
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¿Quién puede solicitar el acuerdo de liquidación de la demanda?
Aquellos que califican deben haber sido detenidos en una instalación del Departamento Correccional de Nueva York dentro de las fechas del 1 de abril de 1997 y 21 de diciembre de 2012.
Creo que califico. ¿Necesito pruebas?
No. Greenberger dijo que aquellos que pueden ser elegibles no deben proporcionar registros. “Vamos a revisar los registros de la ciudad de todas las personas que soliciten un reclamo en línea,” dijo. Advirtió que las personas no deben cometer fraude ni hacerse pasar por otra persona.
¿Qué pasa si ya no estoy en los EE. UU.?
Aquellos que están en el extranjero pueden presentar un reclamo en línea: http://acuerdoice.com
¿Puedo solicitar un reclamo de parte de una persona fallecida?
Para solicitar de parte de alguna persona que es elegible pero fallecida, la persona solicitando el reclamo debe ser testador del patrimonio del difunto. Un testador es una persona designada por el tribunal para administrar el patrimonio de alguien que ha fallecido.
¿Dónde y cuándo puedo presentar el reclamo?
Empezando el 14 de febrero de 2025, el reclamo puede ser solicitado en línea a través del portal de acuerdos de ICE en la ciudad de Nueva York (http://acuerdoice.com).
Las personas tendrán hasta el 15 de mayo de 2025 para presentar su reclamo. No hay ningún costo.
“Tenemos formularios de reclamo disponibles en inglés, español, francés, chino y criollo haitiano. Si hay personas que hablan otros idiomas, existe la oportunidad de solicitar un traductor en línea,” declaró Greenberg.
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Aquellos que necesiten información en otros idiomas pueden contactar al administrador de acuerdo a: 1-800-479-0810.
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Este artículo fue traducido por Margot Olavarria para Documented.
