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Oct 02, 2025 | Documented.info

Tarifa anual de asilo de $100: Lo que debes saber para mantener tu caso activo

Desde 2025, los solicitantes de asilo deben pagar $100 cada año por casos pendientes. Conoce cuándo, cómo y qué riesgos hay si no lo haces.

El 4 de julio de 2025, el presidente Donald Trump firmó la Ley One Big Beautiful Bill Act (OBBBA). Esta nueva ley aumenta muchas tarifas relacionadas con inmigración y dificulta que algunas personas accedan o continúen con su proceso migratorio.

Estos cambios aplican a muchos tipos de trámites, incluidas las solicitudes de asilo presentadas tanto en cortes de inmigración como ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Las tarifas incluyen un nuevo cobro de $100 por presentar el Formulario I-589 y un pago anual adicional de $100 para cualquier solicitud de asilo que siga pendiente por un año o más. Antes de esta ley, no existían tarifas para solicitar o continuar un caso de asilo.

No hay exenciones ni reducciones de esta tarifa disponibles para solicitantes de asilo y la falta de pago a tiempo podría retrasar o incluso provocar el rechazo de tu caso.

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Actualización: Desde el 30 de octubre de 2025, un juez pausó temporalmente el requisito de la tarifa anual de asilo debido a una demanda presentada por el Asylum Seeker Advocacy Project (ASAP). Como resultado, las personas con una solicitud de asilo pendiente no están obligadas a pagar la tarifa anual en este momento y ningún caso debe ser negado por falta de pago. Sin embargo, esta pausa es temporal y la demanda solo impugna el proceso de implementación y no el requisito de la tarifa en sí. Actualizaremos esta información cuando la pausa termine.

Esta información no sustituye el asesoramiento legal de un abogado o representante acreditado. El contenido fue actualizado por última vez en noviembre de 2025.

Lo que debes saber sobre la tarifa anual de asilo

El 23 de septiembre de 2025, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR) anunció actualizaciones a su portal de pagos, que ahora permite pagar en línea ciertas tarifas de presentación para solicitudes y mociones en cortes de inmigración. Puedes pagar en línea en cualquier momento en el enlace de EOIR.

Los procedimientos para pagar pueden variar según cada juez, así que asegúrate de seguir las instrucciones de tu juez de inmigración o contacta a la secretaría de la corte si tienes preguntas.

Soy solicitante de asilo con un caso pendiente. ¿Qué significa esto para mí?

Ya sea que hayas presentado tu solicitud en la corte de inmigración o con USCIS (de manera afirmativa y no en corte), deberás pagar $100 cada año para continuar con tu caso pendiente.

  • Si presentaste con USCIS, ellos te enviarán una notificación personal indicando “cuándo debe pagarse, cómo debe pagarse y las consecuencias de no pagar”.
  • Si tu caso está en corte de inmigración, EOIR aún no ha emitido orientación adicional sobre cómo pagar la tarifa anual en estos casos y el portal de pagos solo permite por ahora cubrir la tarifa inicial.

A considerar: al 29 de septiembre de 2025, EOIR no ha brindado una guía clara sobre cómo debe pagarse esta tarifa anual. Por esta razón, algunos abogados están usando la opción de tarifa inicial en el portal de EOIR para pagar los $100 anuales y guardando el recibo como prueba de un intento de buena fe. Sin embargo, dado que no hay lineamientos oficiales, no hay garantía de que este método cumpla con el requisito de pago en este momento.

Tengo una audiencia pronto donde planeo presentar mi solicitud de asilo. ¿Puedo pagar en la corte?

Si vas a presentar una solicitud de asilo, ahora deberás pagar la tarifa de $100 y adjuntar prueba de pago a tu solicitud.

  • Si presentas en corte, debes pagar la tarifa a través del portal de EOIR antes de entregar tu solicitud.
  • Los pagos no se pueden hacer en persona ni por correo.

Después del pago, recibirás un recibo que debes incluir en tu solicitud, además de un ID de seguimiento para consultar o reimprimir tu comprobante. Se recomienda guardar ambos en un lugar seguro.

Acabo de presentar mi solicitud en corte y quiero pedir mi permiso de trabajo (EAD). ¿Cómo lo hago?

En general, solicitantes de asilo pueden pedir un permiso de trabajo inicial 150 días después de presentar su solicitud de asilo en corte o USCIS. Luego suele tomar unos 30 días más para recibir la tarjeta EAD.

Desde el 22 de julio de 2025, el costo para solicitar el permiso de trabajo inicial es de $550.

Importante: las solicitudes de autorización de empleo y sus pagos se presentan ante USCIS, no en el portal de EOIR. Para más detalles, consulta la información de ASAP sobre cómo renovar un permiso de trabajo y aplicar por correo.

¿Cómo pago tarifas en casos consolidados?

Solo se requiere un pago por una solicitud de asilo que incluya a más de un solicitante en procesos consolidados (por ejemplo, el solicitante principal y su cónyuge o hijos acompañantes). Debes ingresar el A-Number del solicitante principal al realizar el pago en el portal de EOIR.

¿Tienes más preguntas?

Contacta a un experto de Documented.info para obtener respuestas gratuitas y confidenciales sobre cómo estas reglas aplican en tu caso.

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